1. Reglamentar y declarar los hechos regionales que delimiten el ámbito de intervención de la entidad.
  2. Ejercer autoridad administrativa en la escala regional, con relación a los asuntos de su competencia.
  3. Establecer autoridades administrativas de orden regional, del nivel central y descentralizado, por servicios o administrativamente, para el ejercicio de sus planes, programas, proyectos y actividades.
  4. Coordinar la prestación de los servicios públicos de escala regional y cuando sea habilitada para ello, prestados directamente a través de entidades descentralizadas por servicios, propias o de las entidades territoriales que la integran, mediante la suscripción del respectivo convenio.
  5. Establecer directrices y propender por la coherencia y articulación de la planeación entre las entidades territoriales que la conforman en el ámbito de su competencia.
  6. Diseñar, adoptar, ejecutar, monitorear, evaluar y rendir cuentas del Plan Estratégico Regional y de los programas y proyectos que sean de interés común para las entidades que conforman la Región Central y que conduzcan al desarrollo integral sostenible del territorio dentro de los límites de su competencia, para lo cual contará con las prerrogativas que el ordenamiento jurídico establece para las entidades públicas.
  7. Establecer un banco de proyectos y un banco de tierras para el desarrollo de los proyectos de impacto regional.
  8. Ser vocera y defensora de los intereses de la Región Central frente a otras autoridades.
  9. Prestar asesoría técnica en asuntos de carácter regional y en temas relativos a la prestación de servicios supralocales a las entidades territoriales y públicas que hagan o no parte del territorio que conforma la Región Central RAPE.
  10. Promover la generación de capacidades de gestión para el desarrollo del territorio que conforma la Región Central RAPE.
  11. Promover la incorporación del componente Regional en los Planes de Ordenamiento Territorial, los Planes de Desarrollo y en los instrumentos de planificación que los desarrollen o complementen.
  12. Participar en los procesos de ordenamiento y planificación del desarrollo económico, social y de los recursos naturales en el ámbito regional.
  13. Gestionar recursos de cofinanciación, de cooperación internacional y la constitución de alianzas público-privadas y con otras entidades públicas para el desarrollo de proyectos estratégicos de la Región Central RAPE.
  14. Promover la adopción de mecanismos de integración contemplados en la Ley 1454 de 2011 y apoyar la conformación de espacios de concertación regional.
  15. Ejecutar planes, programas y proyectos del Plan Nacional de Desarrollo o de los planes departamentales y distritales de desarrollo, mediante la celebración del respectivo convenio.
  16. Las demás que señalen la Constitución y la Ley, así como las competencias que le deleguen la Nación y los entes territoriales (artículo 8, Acuerdo Regional 001 de 2014).
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