La nueva ley de Protección, Bienestar y Derecho Animal, una normativa pionera, para poner fin al abandono y sacrificio de animales de compañía y silvestres en cautividad.
Esta nueva ley pondrá orden a la disparidad de normativas sobre animales en el país, e irá acompañada de una modificación del Código Penal en maltrato animal para todo el territorio nacional, cuyas enmiendas a la totalidad también han sido rechazadas, y que regulará entre otros, la tenencia responsable y el control de la importación y exportación de mascotas.
Al debate sobre esta nueva ley de protección animal en el Pleno del Congreso este jueves y posterior votación, no ha podido asistir por motivos personales la ministra responsable, Ione Belarra, de Derechos Sociales y Agenda 2030.
En medio de un clamor social se buscar proteger y cuidar a los animales; seres sintientes, que son los animales, amigos, miembros de la familia, como una de las cosas más decentes que puede hacer un país, para acabar así, de una vez por todas, con el abandono y maltrato.
El nuevo paquete normativo recrudece las penas en caso de muerte por maltrato y establece obligaciones comunes y criterios homogéneos. Se insta además a controlar la venta de ejemplares, prohíbe circos con animales salvajes y promueve la reconversión de zoos y el fin de peleas de gallos y el tiro al pichón.
Estas son algunas de las claves más destacadas en el desarrollo de esta ley, que aún deberá seguir su tramitación parlamentaria, como marco fundamental para dotar de coherencia al régimen jurídico de la protección animal:
1.- Política de sacrificio cero para todo tipo de animales, salvo por criterios veterinarios, de seguridad o de salud pública, acompañada de medidas para conseguir el abandono cero.
2.- Establece obligaciones comunes para todos los ciudadanos que sean titulares o responsables de animales de compañía o silvestres en cautividad, con independencia de su lugar de residencia, así como criterios homogéneos respecto al trato con animales abandonados, extraviados, desamparados o urbanos.
3.- Para los casos de malos tratos con muerte del animal, la condena se recrudece y podrá ir desde multas de 200.000 euros a penas de cárcel de hasta 36 meses, sí concurriera más de un agravante.
4.- Control y registro de la cría y venta de animales de compañía mediante criterios orientados a evitar la sobreexplotación, cría y venta incontrolada, y fomentar la educación y formación de la sociedad para evitar la proliferación de abandonos.
5.- Creación de un listado positivo de animales de compañía, que regulará qué animales pueden ser objeto de esta definición y, por tanto, de la convivencia en los hogares.
6.- Prohibición de los circos con animales salvajes y la comercialización de perros, gatos y hurones en las tiendas de mascotas, así como su exhibición y exposición al público con fines comerciales.
7.- Reconversión de los zoos y delfinarios en centros de recuperación de especies autóctonas.
8.- Fin de las peleas de gallos y del tiro al pichón.