(Bogotá, 30 de diciembre de 2020). Con el propósito de salvaguardar la vida de los más de 15 millones de habitantes de la Región Central de Colombia, conformada por Bogotá y los departamentos de Boyacá, Cundinamarca, Huila, Meta y Tolima, los gobernadores y la Alcaldesa Mayor de la Capital del país emitieron, desde sus administraciones, decretos de obligatorio cumplimiento con restricciones de movilidad y recomendaciones que permitan reducir la propagación de la Covid-19.

“El compromiso de nuestros mandatarios es el mismo, todos coinciden en la necesidad de continuar protegiéndonos de un virus que no tiene vacaciones. La invitación es a seguir acatando los protocolos de bioseguridad: lavado frecuente de manos, uso de tapabocas y distanciamiento social, para evitar el incremento del número de contagios en los territorios y poder vivir un fin de año tranquilo”, explicó Fernando Flórez Espinosa, gerente de la Región Administrativa y de Planeación Especial (RAP-E).

A la fecha, la Región Central registra 659.464 casos positivos para Covid-19, que equivalen al 41% del total en Colombia. Por su parte, el Distrito Capital registra la cifra más alta de contagios del país, con 455.240 pacientes, seguido de Cundinamarca, donde se han reportado 65.422 casos; luego, el Tolima, con 43.175; Huila, con 34.334; Meta, con 33.430 y Boyacá, en el último lugar, con 27.863 pacientes positivos.

MEDIDAS EN CADA TERRITORIO
A continuación, se presentan las principales restricciones, recomendaciones y advertencias realizadas por los mandatarios de la Región Central. De igual manera, encontrará los decretos emitidos por los gobiernos departamentales y Distrital.

BOGOTÁ:
A partir de este 31 de diciembre a las 00:00 horas y hasta el próximo 01 de enero a las 11:59 PM estará prohibido el expendio de alcohol y consumo de bebidas alcohólicas, la medida incluye prohibición en los domicilios. Asimismo, estarán prohibidas las fiestas o celebraciones en lugares abiertos y el uso de pólvora.
En la Capital del país, la medida de pico y cédula sigue vigente:
– Días impares: cédulas terminadas en número impar no podrán ingresar a establecimientos de servicios.
– Días pares: cédulas terminadas en número par no podrán ingresar a establecimientos de servicios.

Descargue el Decreto 293 de diciembre de 2020. (Pico y Cédula)
Descargue el Decreto 304 de diciembre de 2020.

BOYACÁ:

En la Tierra de la Libertad, la medida de toque de queda de 9:00 PM a 5:00 AM iniciará el 31 de diciembre y se extenderá hasta el 3 de enero. Por otra parte, habrá Ley Seca desde las 6:00 PM del 31 de diciembre hasta las 6:00 PM del 1 de enero.

El Gobierno Departamental también recordó a los boyacenses la importancia de continuar cumpliendo con los protocolos de bioseguridad en sus hogares, trabajos y espacios públicos. Asimismo, reiteró que cada administración municipal de manera autónoma, podrá extender los decretos y normas que considere necesarios según la velocidad y número de contagios que presente su territorio, pues la afectación en cada municipio es diferente.

“Respaldamos las medidas que están anunciando los alcaldes de acuerdo con su situación y hacemos un llamado a los boyacenses a acatar las medidas con responsabilidad, la Covid-19 aún está presente”, indicó Ramiro Barragán, gobernador de Boyacá.

Descargue el Decreto 505 de diciembre de 2020.

CUNDINAMARCA:
El gobernador, Nicolás García, aseguró que los cundinamarqueses han sido disciplinados y responsables; se han cuidado y los resultados lo demuestran. Por ello, las puertas del Departamento están abiertas durante esta época de fin de año, sin dejar de lado el cuidado y la responsabilidad de todos, acatando las medidas de bioseguridad y diciendo no al uso de la pólvora.

“En Cundinamarca, hemos demostrado durante todo el año que podemos reactivar la economía, recibir turistas y abrir de nuevo los negocios y las empresas sin aumentar el contagio. Mantener la vida y la salud de los cundinamarqueses deber ser nuestra prioridad”, expresó el Mandatario.

Por otra parte, debido a que la ocupación de las camas de cuidados intensivos (UCI) en Girardot se acerca al 100%, el Mandatario Departamental junto con la Alcaldía Municipal restringirán la movilidad en el Territorio y la Policía realizará mayor control en el transporte público y en sitios en donde se generen posibles aglomeraciones, en aras de garantizar el cumplimiento de los protocolos de bioseguridad en los espacios públicos.

HUILA:
En el departamento del Huila el toque de queda de 10:00 PM a 5:00 AM, que inició el pasado jueves 24 de diciembre, irá hasta el lunes 11 de enero de 2021. Durante ese mismo horario se prohíbe el consumo de licor en espacios públicos y establecimientos de comercio.

La Administración Departamental también presenta en el documento algunas recomendaciones a la comunidad en aras de controlar la pandemia de la Covid-19.

Descargue el Decreto 0344 de diciembre de 2020.

META:
En el Departamento se implementará toque de queda desde el 31 de diciembre a las 10:00 PM hasta el 2 de enero a las 6:00 AM. La medida se retomará el mismo sábado a las 12:00 M e irá hasta las 6:00 AM del domingo 3 de enero e iniciará nuevamente a las 12:00 M hasta las 23:59 PM del mismo día.

Se excluyen de esta medida el personal de la salud, de seguridad privada, actividades relacionadas con la producción de alimentos y abastecimiento, así como actividades de emergencia, entre otras.

Descargue el Decreto 536 de diciembre de 2020.

TOLIMA
En el territorio pijao se estableció desde el pasado domingo 20 de diciembre toque de queda desde las 10:00 PM hasta las 5:00 AM; restricción que irá hasta el próximo domingo 2 de enero de 2021. Asimismo, se prohíbe el consumo de licor en espacios abiertos y establecimientos de comercio, en el mismo horario.

Por otra parte, se implementó el pico y cédula para la realización de trámites en entidades bancarias, empresas prestadoras de servicios públicos y Secretaría de Movilidad Municipal, así como para compras en supermercados. Los lunes aplica para las cédulas terminadas en los dígitos 0, 1, 2 y 3; martes, 4, 5, 6 y 7; miércoles, 8, 9, 0 y 1; jueves, 2, 3, 4 y 5; viernes, 6, 7, 8 y 9; sábado, 0, 1, 2, 3 y 4; y el domingo, 5, 6, 7, 8 y 9.

Descargue el Decreto 1147 del 19 diciembre de 2020.

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