A través de la resolución 160 del Ministerio de Transporte, que reglamenta el uso de las bicicletas con motor y eléctricas, inferior a los 50 centímetros cúbicos en Bogotá, la Secretaría Distrital de Movilidad planea exigirles a los conductores de estos vehículos la licencia de conducción, la revisión tecnomecánica actualizada, el SOAT y la licencia de este medio de transporte, entre otros.
De acuerdo con el documento, estos ciclomotores “deberán circular en óptimas condiciones mecánicas, ambientales y de seguridad. Lo cual incluye, entre otros, dispositivos en la parte delantera que proyecten luz blanca y en la parte trasera que reflecte luz roja, direccionales, espejos retrovisores, placa y señal acústica”.
Asimismo, la resolución señala que “hasta que el Icontec emita la norma técnica que establezca los parámetros, pruebas y requisitos para realizar la revisión técnico mecánica y de emisiones contaminantes, los propietarios de los vehículos automotores descritos en la presente resolución, deberán asegurar como mínimo el perfecto funcionamiento de frenos, del sistema de dirección, del sistema de suspensión, del sistema de señales visuales y audibles permitidas y del sistema de eicape de gases cuando aplique, y demostrar un estado adecuado de llantas y de los espejos”.
Por otra parte, la resolución también menciona una serie de normas para el acompañante del conductor del vehículo, a quienes les dicta usar casco de manera obligatoria e incluso chaleco en horarios específicos.